La Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional emitió el martes una sentencia condenatoria contra la Dirección General de Migración (DGM) y su titular, Luis Rafael Lee Ballester, por obstaculizar de manera ilegal y sin mandato judicial la salida del país del exprocurador Jean Alain Rodríguez y su familia en 2020 y 2021, antes del inicio formal del proceso penal en su contra.
El tribunal admitió una acción de habeas data interpuesta por la defensa del exfuncionario, ordenando a la Dirección General de Migración (DGM) la entrega del documento de alerta migratoria que restringió su salida en los meses de noviembre de 2020 y junio de 2021. Además, se impuso una sanción solidaria de RD$30,000 por cada día de retraso en la entrega del documento.
Durante el proceso, tanto la Dirección General de Migración como la Procuraduría General de la República desmintieron haber impedido la salida de Rodríguez. Las autoridades alegaron que el documento solicitado «no existía». Sin embargo, el tribunal valoró pruebas como actas notariales, billetes aéreos, fotografías, un vídeo grabado en el aeropuerto y una carta pública de la entonces procuradora Miriam Germán Brito, que reconocía la ilegalidad de las alertas migratorias.
El fallo establece que se vulneraron derechos fundamentales del exprocurador, incluyendo su dignidad y honor, y ordena la restitución plena de sus derechos. La lectura íntegra de la decisión fue fijada para el 7 de octubre de 2025, a las 12:00 del mediodía.
La defensa de Rodríguez, integrada por Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, calificó la decisión como un reconocimiento judicial a la ilegalidad cometida y exhortó a la DGM y al Estado a no seguir negando “un hecho tan notorio”.





