El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con el Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), ha procedido a la clausura de la tienda de repuesto Rubielys Metal, dedicada al acopio de metales y baterías usadas, ubicada en la Avenida Libertad, provincia Duarte. Esta medida se ha adoptado en respuesta a las infracciones a las normativas ambientales vigentes.
En el transcurso de una inspección realizada por la Dirección de Fiscalización del Ministerio de Medio Ambiente, se ha comprobado que la empresa en cuestión no posee un plan de manejo ambiental y opera sin implementar los instrumentos de control estipulados en su permiso ambiental n.º 1857-12, el cual se encuentra vigente hasta el 15 de octubre de 2025. Estas omisiones constituyen violaciones a los artículos 38, 39 y 40 de la Ley 64-00.
Tras una inspección minuciosa, se constató que el almacén albergaba baterías de plomo-ácido sin la protección adecuada. Muchas de estas baterías se encontraban en estado seco y carecían de sistemas efectivos para contener los electrolitos o los ácidos. Esta situación constituye un riesgo directo de contaminación del suelo y del agua.
Esta práctica constituye una infracción a los artículos 81, 82, 97, 98 y 99 de la Ley 64-00, que prohíbe el vertido, manejo o almacenamiento inadecuado de sustancias y residuos peligrosos, y establece la obligatoriedad de disponer de instalaciones con control técnico.
Además, viola las disposiciones del Reglamento Técnico Ambiental para la Gestión de Baterías Ácido-Plomo Usadas (Resolución N.o 008-2015), que establece las medidas de recolección, transporte y disposición final seguras.
El informe también menciona como hallazgo el manejo inadecuado de residuos sólidos y oleosos, sin separación, identificación ni confinamiento adecuado y evidencia de quema de residuos dentro del área operativa, una práctica expresamente prohibida por la legislación ambiental vigente.
Se ordenó al responsable del proyecto, Héctor Muñoz, detener de inmediato el acopio de materiales, hasta tanto regularice sus operaciones de conformidad con la ley ambiental y solo se autorizó la venta controlada del material previamente almacenado, con el propósito de despejar el área intervenida y evitar mayor contaminación.
Las acciones se fundamentan en el artículo 167 de la Ley 64-00, que faculta al Ministerio de Medio Ambiente a imponer sanciones, suspensiones y clausuras cuando una operación representa amenaza al ambiente o la salud pública.
El Ministerio de Medio Ambiente concluye que el proyecto Rubielys Metal incumple de manera reiterada las condiciones de su permiso y representa un riesgo ambiental considerable.
En caso de reincidencia o incumplimiento de las medidas impuestas, se aplicarán las sanciones contempladas en los artículos 169 al 176 de la Ley 64-00, que establecen responsabilidades civiles, administrativas y penales por daño ambiental, incluyendo multas, suspensión de actividades y persecución judicial de las personas responsables.
El Ministerio reitera su compromiso con la aplicación estricta de la ley y advierte que el manejo inadecuado de baterías y ácidos constituye un delito ambiental sancionable por el Estado dominicano.





