El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó modificaciones clave al Contrato Póliza del régimen contributivo tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC). El TC declaró inconstitucional el plazo de 20 años para reclamar pensiones y eliminó el límite de edad de 65 años para recibirlas.
El Tribunal argumentó que ni la Ley 87-01 ni ninguna otra norma permiten establecer límites a esos derechos y señaló que el CNSS excedió su autoridad al imponer restricciones no previstas por la ley. Además, estableció que el acceso a pensiones por discapacidad o sobrevivencia es un derecho fundamental que solo puede regular el Congreso.
Como respuesta, el CNSS ajustó el contrato entre las AFP y aseguradoras para garantizar pensiones y cobertura médica incluso a las personas con discapacidad mayores de 65 años. La Superintendencia de Pensiones tendrá 60 días para actualizar normas complementarias, mientras que la Tesorería de la Seguridad Social y UNIPAGO disponen de 10 días hábiles para adaptar sus sistemas tecnológicos.
Este cambio busca asegurar que los aportes de los trabajadores mayores se registren correctamente y evitar retrasos en los pagos de pensiones. El CNSS indicó que esta versión será provisional hasta que el Congreso reforme la Ley 87-01 con criterios de sostenibilidad y justicia.
Como contexto, estas decisiones judiciales y administrativas refuerzan una tendencia en Latinoamérica que busca proteger los derechos de personas con discapacidad y sus familias, eliminando barreras que limitan su acceso a beneficios sociales amplios y permanentes.
CNSS elimina límites para pensiones por discapacidad y sobrevivencia

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