La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, ha suscitado una serie de reacciones tras anunciar una querella penal por difamación e injuria contra los comunicadores Ángel Martínez e Ingrid Jorge, exigiendo una indemnización de 50 millones de pesos por cada uno. La magnitud del incidente y la naturaleza del caso han suscitado un debate sobre los límites entre la libertad de expresión y el derecho al honor.
El abogado de Raful, Miguel Valerio, ha asegurado que la cantidad no es arbitraria, sino que responde a cálculos basados en el impacto y la rentabilidad de las plataformas digitales donde se habrían difundido los supuestos comentarios falsos. En una reciente entrevista, se destacó la importancia económica de cada «me gusta», «visión» o comentario en las plataformas digitales.
Según Valerio, los comunicadores habrían emitido declaraciones que él considera «totalmente falsas», «hirientes» y con intención deliberada de dañar la imagen pública de Raful. Estas acciones, según su defensa, exceden los límites de una crítica legítima y se adentran en el ámbito de la calumnia y la injuria.
Dichas declaraciones fueron efectuadas en lugares públicos y contaron con una amplia repercusión en medios digitales.
Se procede a realizar una estimación del impacto financiero resultante de la viralidad de los contenidos.
Se procede a la evaluación del posible beneficio económico obtenido por los comunicadores a través de dichas publicaciones.
Se requiere una disculpa pública y una compensación económica.
El objetivo principal de esta medida es «poner fin a las acciones de aquellos que utilizan las redes sociales para lanzar ataques sin presentar pruebas».
Los señores Ángel Martínez y Jorge Ingrid han dado respuesta a la noticia en cuestión, reafirmando su compromiso con la legalidad y ejerciendo su derecho a la libertad de expresión a través de una comunicación crítica y alternativa. Algunos sectores políticos y medios independientes han señalado que la acción legal podría tener tintes de intimidación hacia las voces disidentes.
Desde el entorno de Raful, sin embargo, se insiste en que esta no es una medida política, sino un acto de responsabilidad ciudadana ante el uso irresponsable de la palabra en espacios con gran alcance.
De acuerdo con el marco legal dominicano, específicamente la Ley de Responsabilidad Penal por Daños y Perjuicios, se permite la presentación de querellas cuando se evidencia que ciertas declaraciones han ocasionado un impacto significativo en la honra y dignidad de un individuo. En este sentido, es importante destacar que la capacidad de los comunicadores para gestionar audiencias significativas puede tener un impacto significativo en la magnitud del daño causado.
Si bien el Código Penal Dominicano contempla sanciones penales por difamación, el componente económico como parte de una indemnización civil es menos habitual y puede dar lugar a nuevas interpretaciones legales.





