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Leyendo: Senado presenta el Código Penal sin las causales
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Senado presenta el Código Penal sin las causales

Ana García
Última actualización: julio 21, 2025 9:42 PM
Ana García
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10 Min Lectura
Senado presenta el Código Penal sin las causalesSenado presenta el Código Penal sin las causales
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El Senado de la República ha dado su aprobación unánime en segunda lectura a las modificaciones de la Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, lo que supone un hito en la transformación estructural del sistema penal del país.

El propósito de esta reforma es consolidar las sanciones penales para delitos graves, salvaguardar los derechos de las víctimas y asegurar una justicia más eficiente, equitativa y acorde a los estándares actuales.

La pieza legislativa, presentada este lunes en sesión extraordinaria, introduce cambios significativos en varios artículos, con el objetivo de abordar con mayor rigurosidad los delitos que afectan la seguridad ciudadana y los derechos fundamentales.

Entre las modificaciones más notables, se destacan las medidas destinadas a proteger a menores, sancionar el uso indebido de sustancias en el ámbito deportivo, fortalecer las sanciones contra la violencia intrafamiliar, combatir la tortura y los actos de barbarie, y aumentar las penas por delitos sexuales.

Entre sus principales novedades, destaca el artículo 107, que establece que cualquier infracción cometida contra niños, niñas o adolescentes, independientemente de a quién esté dirigido el acto o la lesión causada, será sancionada con penas de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.

En el artículo 113, referente a los atentados culposos contra la vida, determina que la persona que, por torpeza, imprudencia o negligencia, provoque la muerte de más de una persona será sancionada con pena de diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

En cuanto al artículo 118, sobre tortura o actos de barbarie, se mejoró su redacción para establecer que quien inflija dolosamente a otra persona dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, con el objeto de investigarlo, intimidarlo, coaccionarlo, castigarlo o con cualquier otro fin, es culpable de tortura o actos de barbarie, y será sancionada de diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

Además, el artículo 121, relativo a sanciones a la autoridad pública, determina que toda persona depositaria de autoridad pública o encargada de un servicio público que cometa tortura o actos de barbarie será sancionada con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.

En tanto, que, la referida pieza en el artículo 136, sobre la actividad sexual no consentida en relación de pareja, establece que esta conducta será sancionada con pena de cuatro a diez años de prisión mayor y una multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público, en los casos especificados.

En el artículo 139, sobre violación sexual incestuosa, define que, si la víctima es un pariente natural, legítimo o adoptivo, hasta el cuarto grado por consanguinidad y hasta el tercer grado por afinidad, el delito será sancionado con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.  Y, si la víctima es un niño, niña, adolescente o persona en condiciones de vulnerabilidad, y se produce mutilación, lesión permanente o gravidez, la pena será de treinta a cuarenta años de prisión mayor y multa de cincuenta a mil salarios mínimos del sector público.

Sobre el artículo 303, relativo a la sanción de la corrupción, el pleno introdujo una modificación que en lo adelante, establece que, cuando las sumas envueltas en el ilícito penal no excedan los veinte salarios mínimos, el infractor será sancionado con una pena de dos a cinco años de prisión menor, el pago de una multa equivalente de cuatro a diez veces el monto sustraído, el decomiso de los bienes obtenidos mediante enriquecimiento ilícito y la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un período de cuatro a diez años, contado a partir del cumplimiento de la pena de prisión.

Durante los debates sobre el tema, el presidente del Senado expresó que, en lo personal, entiende que cualquier inconducta o ilícito que cometa en vida no debe eximirlo de responsabilidad. Sin embargo, enfatizó que el Congreso debe legislar conforme a lo que establece la Constitución y los tratados internacionales, los cuales tienen rango constitucional. En ese sentido, explicó que tanto la Carta Magna como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción permiten ampliar el plazo de la imprescriptibilidad.

Además, fue modificado el artículo 14, en lo relacionado a los entes exentos de responsabilidad penal. En lo adelante dirá, que quedan excluidos de responsabilidad penal el Estado, el Distrito Nacional, los municipios, los distritos municipales y los organismos autónomos y descentralizados con personalidad jurídica de derecho público, titulares de competencias y prerrogativas públicas, así como los órganos administrativos facultados para ejercer dichas competencias en nombre de los entes públicos. La disposición aclara que esta exención no aplica a las corporaciones de derecho público.

El Pleno aprobó agregar un párrafo al artículo 14, para que se establezca que, en el caso de las iglesias, en las cuales sus representantes actúen en su nombre en asuntos que comprometan la responsabilidad penal, la misma podrá ser procesada penalmente.

Luego de más de cinco horas de debates el Senado de la República acogió las modificaciones al Proyecto de Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, incorporando un total de 154 cambios al texto aprobado en primera lectura.

Esta propuesta de modificación fue presentada al Pleno por los senadores Venerado Castillo, María Mercedes Ortiz y Aneudy Ortiz.

El pleno aprobó que el nuevo Código Penal entre en vigencia a los doce meses de su promulgación. Esta disposición busca garantizar un período de adecuación y preparación para las instituciones del sistema de justicia, permitiendo una implementación efectiva y coordinada de la nueva normativa penal en todo el país.

Iniciativas aprobadas

En la sesión del pleno de este lunes, también fue aprobado en segunda lectura, con modificaciones, el Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, una iniciativa legislativa que fue remitida por la Cámara de Diputados.

La propuesta fue sometida por los diputados Franklin Ramírez de los Santos, Dilenia Altagracia Santos Muñoz, Gabriela María Abreu Santos y María de los Ángeles Rodríguez Bonseñor, con el objetivo de modernizar y fortalecer el sistema de contrataciones del Estado dominicano. 

El pleno aprobó, además, en segunda lectura la ley orgánica que modifica el artículo 21 de la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, con el objetivo de actualizar y fortalecer el marco jurídico de la administración local, iniciativa de los diputados Dharuelly Leany D. Aza Caraballo, Yancarlos Simanca Ferreras y Juan Bolívar Cuevas Davis.

Además, fue aprobado en segunda discusión el Proyecto de Ley que declara el 21 de junio de cada año como “Día Nacional del Rock Dominicano” en honor al natalicio de Luis Días Portorreal (El Terror Días), iniciativa proveniente de la Cámara de Diputados.

Otro proyecto aprobado fue el que designa con el nombre de “Ciudad Ganadera Dr. Julio Antonio Brache Arzeno”, el recinto de la Ciudad Ganadera, una iniciativa del Poder Ejecutivo.

Los senadores aprobaron, en segunda discusión, la Ley que declara a Ercilia Pepín como “Prócer de la Patria” y designa el 7 de diciembre de cada año como “Día de Ercilia Pepín”. Esta propuesta fue sometida por los senadores Daniel Rivera y Omar Fernández.

El Senado honró con un minuto de silencio las memorias de René Fortunato, destacado documentalista; de la doctora Silvia Martha Abreu, dermatóloga; además de Alcibíades Sánchez, Jonathan Pérez (Jonathan Celulares), Rolando Pacheco y los fallecidos en el accidente en la carretera que comunica los municipios de Jamao al Norte y San Víctor, en la provincia Espaillat.

Varias iniciativas incluidas en la Orden del Día fueron dejadas sobre la mesa. El Pleno fue convocado para mañana martes a las dos de la tarde.

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