Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, la República Dominicana contará por primera vez con un registro oficial de agresores sexuales, quienes además quedarán inhabilitados para trabajar en espacios donde convivan niños, niñas y adolescentes, como parte de las nuevas medidas de control y seguimiento judicial.
El sistema estará bajo la administración del Ministerio Público y comenzará a aplicarse a partir de agosto de 2026. La normativa establece que los condenados por agresión sexual serán inscritos en este registro como parte de las medidas de seguimiento socio-judicial posteriores al cumplimiento de sus penas.
El artículo 64 del nuevo Código Penal dispone que los tribunales podrán imponer medidas de vigilancia tras la prisión, bajo supervisión del juez de Ejecución de la Pena, con el objetivo de monitorear el comportamiento del condenado una vez recupere su libertad.
Entre las disposiciones también se incluyen obligaciones como informar cambios de residencia o empleo, evitar contacto con la víctima, someterse a programas de reeducación, abstenerse de portar armas y evitar determinados lugares, además de la prohibición de ejercer funciones vinculadas a menores.
El artículo 66 establece que estas medidas de seguimiento tendrán una duración máxima de cinco años y podrán implicar sanciones adicionales si el condenado incumple las condiciones impuestas por la autoridad judicial.
Las autoridades judiciales explican que estas disposiciones buscan reforzar la seguridad ciudadana y prevenir la reincidencia, incorporando mecanismos de control posterior al cumplimiento de la pena en casos de delitos sexuales.
Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, el país contará con un registro de agresores sexuales administrado por el Ministerio Público, lo que permitirá inhabilitar a los condenados para trabajar con menores y aplicar medidas de seguimiento tras el cumplimiento de sus condenas.





