La Corte de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos confirmó el 18 de septiembre la anulación de una política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) relacionada con la deportación de personas que tenían órdenes definitivas de expulsión hacia países que no habían sido establecidos como destino durante sus procesos migratorios.
Las instrucciones del DHS permitían realizar esos traslados sin procedimientos adicionales cuando las autoridades consideraban creíbles las garantías de seguridad ofrecidas por el país receptor. En determinadas circunstancias, también contemplaban una notificación limitada antes de efectuar la deportación.
El tribunal determinó que, antes de ser trasladada a un tercer país, la persona debe recibir un aviso efectivo sobre el destino previsto y contar con una oportunidad significativa para argumentar que podría enfrentar persecución o tortura en ese territorio.
La decisión de la corte dejó sin efecto las instrucciones del DHS relacionadas con ese procedimiento. Sin embargo, el fallo no eliminó la facultad legal del Gobierno estadounidense de deportar a una persona hacia un tercer país cuando se cumplen las garantías y requisitos aplicables.
El Primer Circuito también revocó otra parte de una decisión anterior que establecía que las autoridades debían intentar primero la deportación al país escogido por la persona o al país de su nacionalidad. En este punto, el tribunal concluyó que los demandantes no tenían legitimación para presentar ese reclamo.





