Santo Domingo. — La justicia dominicana dio un giro drástico en el proceso judicial por el trágico colapso del techo de la discoteca Jet Set, un siniestro que dejó 236 personas fallecidas. El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, varió la calificación jurídica del expediente, lo que eleva significativamente la posible sanción para los imputados Antonio y Maribel Espaillat.
Con esta modificación, los hermanos Espaillat pasan de enfrentar una pena máxima de 2 años por homicidio involuntario a arriesgar una condena de 20 a 30 años de cárcel, bajo la figura de dolo eventual o homicidio con elementos de intencionalidad indirecta.
Las claves de la decisión judicial
- Cambio de tipificación: El magistrado acogió la solicitud presentada por el abogado Luis Aybar —representante de varias víctimas—, a la cual se adhirió la mayoría de las barras de los querellantes, desestimando los argumentos de la defensa de los imputados.
- Conocimiento previo del peligro: El juez argumentó que durante las audiencias del juicio de fondo se demostró que los hermanos Espaillat tenían pleno conocimiento de la situación de riesgo y de las fallas en el techo, decidiendo mantener el establecimiento abierto a pesar del peligro latente.
- Hechos prevenibles: El tribunal determinó que la teoría de la Fiscalía quedó probada en cuanto a que no se trató de un accidente fortuito, sino de un hecho que pudo evitarse. El magistrado indicó que el Ministerio Público realizó una investigación sólida, cuyo único tropiezo inicial había sido la calificación jurídica restrictiva.
- Declinación de competencia: Al modificar la calificación hacia una pena superior a los límites de su tribunal, el juez González Castillo declinó el caso ante un tribunal colegiado de primera instancia, donde el proceso deberá iniciarse desde cero.
Posturas encontradas en el proceso
Mientras los representantes de los querellantes y el jurista Luis Aybar sostuvieron que las revelaciones surgidas durante el juicio de fondo justificaban plenamente la modificación de los cargos, la defensa de los hermanos Espaillat argumentó que no existían elementos nuevos en esta fase procesal que ameritaran un cambio tan severo en la tipificación.
Previamente, el magistrado había advertido a los intervinientes sobre la magnitud del debate, señalando la enorme distancia legal entre una condena menor de dos años y la posibilidad de enfrentar hasta tres décadas de reclusión si se comprobaba la responsabilidad directa por la omisión ante el peligro.





