El Senado de la República Dominicana aprobó de urgencia, en dos sesiones consecutivas, un proyecto de ley que amplía a 24 meses el plazo para la entrada en vigor del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, establecido en los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal. La iniciativa pasa ahora a la Cámara de Diputados para su conocimiento y aprobación.
La propuesta plantea que las disposiciones entren en vigor el 5 de noviembre de 2028, es decir, 24 meses después del 5 de noviembre de 2026. El proyecto fue sometido por el senador Rafael Barón Duluc, conocido como Cholitín, representante de La Altagracia por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), con el propósito de facilitar una implementación ordenada del marco penal y permitir que las empresas y las instituciones vinculadas al sistema de justicia se preparen adecuadamente.
La modificación propone cambiar el artículo 31 de la Ley 44-26, del 27 de julio de 2026, que había establecido un calendario anterior para la aplicación de los cuatro artículos relacionados con la responsabilidad penal empresarial. Según la iniciativa, el tiempo adicional permitirá desarrollar procesos de planificación, capacitación, ejecución y verificación antes de que estas disposiciones sean exigibles.
El proyecto destaca especialmente la necesidad de ofrecer condiciones adecuadas para las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones con recursos técnicos y económicos limitados. Asimismo, establece que durante el período de aplazamiento el Estado deberá promover la formación de los operadores del sistema de justicia y facilitar orientaciones claras a las personas jurídicas, respetando las competencias y la autonomía de cada institución.
El presidente de la comisión de Justicia del Senado, Rafael Barón Duluc, presentó un informe favorable al pleno y solicitó incluir la iniciativa en la agenda legislativa de este miércoles. La propuesta no aplaza la aplicación de todo el Código Penal, sino únicamente la entrada en vigor de los cuatro artículos señalados. Las demás disposiciones mantienen su calendario correspondiente. La Ley 74-25, que instituyó el nuevo Código Penal dominicano, había contemplado inicialmente un año de vacatio legis tras su aprobación, luego de casi tres décadas de debates legislativos.





