El Senado de la República ha dado luz verde este jueves, en una segunda lectura y con modificaciones, al proyecto de ley de reforma del Código de Trabajo, sin alterar el tema de la cesantía y eliminando el traspaso del 10 % de propina obligatoria a clientes por pedidos de comida y bebida a través de servicios de entrega.
Entre las modificaciones aprobadas por el Pleno, cabe señalar la exclusión del controvertido término «orientación sexual» del pliego de ley del principio VII, que prohíbe cualquier tipo de discriminación a los trabajadores. La iniciativa fue presentada por el senador Rafael Barón Duluc (PRM-La Altagracia), quien preside la comisión especial encargada de la propuesta de ley. El senador Ramón Rogelio Genao Durán (PRSC-La Vega) respaldó la propuesta.
La Cámara Alta había incluido este concepto a la pieza en la pasada legislatura, antes de ésta perimir (para agregarlo al Código vigente).
Otra moción refrendada hoy, presentada por el senador Genao Durán, fue la supresión de la palabra “religiosa” en el numeral 7, artículo 45 del Código (pero artículo 45, numeral 6 del Código vigente), el cual prohíbe a los trabajadores hacer durante el trabajo cualquier tipo de propaganda “política y religiosa”.
Con la iniciativa sancionada este jueves, los senadores rechazaron las propuestas del sector empresarial que buscaban, entre otras cosas, entregar las prestaciones laborales a los trabajadores en tres meses -y no en los 10 días establecidos- y en pagos fraccionados. También dejan sin efecto el aumentar a seis meses el periodo de prueba laboral, para que siga siendo de tres meses.
El proyecto de reforma a la Ley 16-92, que aprueba el Código de Trabajo, quedó sobre la mesa en la sesión del Senado de la pasada semana. Ahora, la norma legislativa pasará a la Cámara de Diputados, quien también trata una propuesta de ley similar.
Si los diputados refrendan el pliego legislativo sin hacerle cambios, pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
El marco de reforma laboral fue depositado por el Gobierno en la Cámara Alta en octubre de 2024, perimió en la pasada legislatura y fue reintroducido el 28 de julio de este año.
La normativa tiene la finalidad de adaptar el marco legal al mercado laboral actual y los avances de la tecnología a las necesidades de trabajadores y empleadores.
La legislación fue reintroducida por los senadores Manuel Rodríguez, Cristóbal Venerado Castillo, Julito Fulcar, María Mercedes Ortiz, Johnson Encarnación Díaz y Secundino Velázquez; fue sancionada con una votación de 22 legisladores presentes.
Novedades
El proyecto de ley presenta un cambio estructural y de paradigma del derecho laboral en la República Dominicana. En esta reforma se destacan elementos como la reorganización sistemática y un lenguaje adaptado a los estándares internacionales.
Del mismo modo, bajo este régimen jurídico, se flexibiliza la jornada laboral, permitiendo modalidades y acuerdos satisfactorios para trabajadores y empleadores.
El novedoso dispositivo legislativo reconoce el trabajo a distancia, con garantías como el derecho a la desconexión y la igualdad entre empleados, limitando la afectación de la relación laboral por motivos discriminatorios.
Por otro lado, son reforzados los derechos colectivos y sindicales, contemplando la organización sin intervención del empleador, protección contra actos antisindicales, el derecho a la negociación colectiva y al diálogo amplio.





