
SANTO DOMINGO. – A partir de agosto de próximo año, la República Dominicana contará por primera vez con un registro oficial de agresores sexuales y les prohibirá trabajar en espacios donde convivan menores de edad, en cumplimiento con el nuevo Código Penal del país.
Esta herramienta estará administrada por el Ministerio Público y forma parte de las nuevas medidas de seguimiento sociojudicial aplicables una vez que los condenados cumplan sus penas de prisión. Según los artículos 64 y 66 de la normativa, un tribunal de fondo ordenará estas restricciones, las cuales serán vigiladas por un juez de Ejecución de la Pena por un período máximo de cinco años.
José Manuel Arias Martínez, juez de Ejecución de la Pena en Baní, advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones conllevará el reingreso inmediato a prisión.
Además de la inscripción en el registro y la inhabilitación para ejercer cargos u oficios vinculados a niños, niñas y adolescentes de forma habitual, los liberados deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Informar obligatoriamente cualquier cambio de empleo o residencia.
- Abstenerse por completo de tener contacto con la víctima.
- No portar armas de ningún tipo.
- Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas y visitar lugares de expendio.
- Completar un programa obligatorio de reeducación para la reinserción social.
- Abstenerse de visitar determinados lugares o personas.
- Someterse a exámenes médicos (previo consentimiento del condenado).
Finalmente, la ley estipula que estas medidas de vigilancia se suspenderán temporalmente si el individuo es detenido por un nuevo delito. De ser así, la pena de prisión por el nuevo hecho se acumulará de forma consecutiva con los años de cárcel impuestos por violar el régimen de seguimiento sociojudicial.




