SANTO DOMINGO. — Ante los diversos debates generados en torno a la modernización de la legislación penal, expertos aclararon los principales mitos sobre el contenido del nuevo Código Penal, el cual incorpora e integra más de 109 delitos para sancionar conductas que antes carecían de regulación o se encontraban dispersas.
Frente a la preocupación de que la pieza pudiera constituir una «ley mordaza», las disposiciones del texto normativo establecen garantías explícitas para salvaguardar derechos fundamentales:
- Protección a la libertad de expresión: El articulado protege de manera directa la investigación periodística, el reportaje, la crítica ciudadana, el escrutinio público, la sátira y el humor.
- Inmunidad para los memes: Se descartó categóricamente que un ciudadano pueda ir a prisión por publicar un meme, caricatura o contenido satírico, al determinarse que este tipo de expresiones digitales no constituyen actos dolosos.
- Ejercicio periodístico contra la corrupción: Mediante el artículo 211, se garantiza el derecho de los periodistas a denunciar casos de corrupción y asuntos de interés público, bajo el requisito de trabajar con sustento y una verificación razonable de los datos.
Regulación empresarial y flexibilidad normativa
En el ámbito corporativo, la normativa aclara que la responsabilidad penal de una empresa no es automática. Para que una persona jurídica sea sancionada, debe comprobarse fehacientemente que el hecho le es atribuible de forma directa y que existió un incumplimiento claro en sus deberes de dirección, control o supervisión.
Finalmente, las autoridades y especialistas recalcaron que ninguna ley se escribe en piedra, por lo que el Código Penal podrá ser modificado, ajustado y mejorado de manera progresiva con base en la evidencia y la práctica social, fortaleciendo así su legitimidad y eficacia sin comprometer las garantías democráticas fundamentales del país.





