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Leyendo: Senado aprueba ley que regula los juegos de azar en República Dominicana
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Senado aprueba ley que regula los juegos de azar en República Dominicana

Ana García
Última actualización: septiembre 18, 2026 8:28 AM
Ana García
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3 Min Lectura
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El Senado de la República aprobó el proyecto de ley que regula los juegos de azar en República Dominicana, una iniciativa de los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain que había sido aprobada previamente por la Cámara de Diputados con modificaciones, acogidas por la Cámara Alta. La normativa establece un marco legal integral para regular las apuestas y los juegos de azar, incluidos los realizados por internet.

Entre sus disposiciones principales figura la creación de la Dirección General de Juegos de Azar, un organismo especializado con conducción colegiada e independencia frente al sector regulado. La ley también establece medidas de protección para menores, mecanismos de juego responsable, controles tecnológicos y requisitos sobre la ubicación de los establecimientos. Las nuevas licencias para establecimientos de juegos de azar quedarán suspendidas durante un período de 10 años.

La normativa dispone que las apuestas por internet deberán contar con licencia y que los usuarios tendrán que verificar su identidad mediante la cédula y los registros de la Junta Central Electoral antes de realizar depósitos o apuestas. Además, las plataformas autorizadas deberán operar bajo el dominio geográfico dominicano .do y estarán sujetas a un impuesto del 10 % mensual sobre sus operaciones.

Otro de los mecanismos establecidos es el Registro Nacional de Autoexclusión, mediante el cual las personas que decidan dejar de apostar podrán inscribirse gratuitamente, de forma presencial o electrónica. Los operadores deberán consultar este registro antes de permitir el acceso, abrir cuentas o pagar premios. Asimismo, el 10 % de las multas aplicadas al sector será destinado a programas de prevención y tratamiento de la ludopatía, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública.

La ley también establece una distancia mínima de 500 metros entre los establecimientos de juegos de azar y lugares considerados sensibles, como centros educativos, hospitales, iglesias, cuarteles y sedes de los poderes del Estado. Para quienes incumplan las disposiciones se contemplan multas de hasta 400 salarios mínimos, cierre de establecimientos, revocación de licencias, prisión de hasta 10 años e inhabilitación de socios y administradores por períodos de hasta una década. La legislación consta de 196 artículos distribuidos en 22 capítulos y sustituye el marco normativo disperso que tenía como referencia principal la Ley 351 de 1964.

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