En una medida poco común, la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional impuso en febrero una multa a tres abogados por actuar de forma “temeraria y de mala fe” durante un proceso judicial, sanción que fue confirmada en mayo.
Los abogados sancionados son Lilia Fernández Lora, Mariel León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque, quienes, a pesar de saber que realizaban diligencias improcedentes, mantuvieron una conducta reprochable, según el presidente del tribunal, Miguel Ángel Díaz Villalona. También se multó a María Hazoury Delgado, a quien representaban.
Los cuatro deberán pagar una multa de mil pesos dominicanos (RD$1,000.00) tras ser declarados litigantes temerarios, es decir, partes que actúan con imprudencia o mala intención en el proceso, presentando demandas o defensas sin fundamento razonable y usando el sistema judicial de forma maliciosa.
Esta sanción fue solicitada por la parte contraria en un caso de levantamiento de oposición a pago, presentado por la empresa Inmobiliaria Don Juan S.R.L. contra María Amelia Hazoury Delgado, quien estaba en proceso de divorcio con Juan Rafael Llaneza Gil, vinculado a dicha empresa. La demanda fue aceptada en primera instancia y la sanción ratificada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 16 de mayo.
Cabe destacar que la abogada Lilia Fernández Lora ha participado en casos mediáticos, como la demanda por violencia de género presentada por Alexandra Consuelo Mejía Arcalá contra su exesposo, que fue desestimada por el tribunal.
Este caso se suma a otros precedentes en el país, como la sentencia de marzo de 2019 del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Noreste, que condenó a dos abogados al pago solidario de US$500,000 por una disputa sobre una parcela en Samaná. La Suprema Corte de Justicia confirmó la condena en 2023, ajustando solo el monto de la indemnización.
La Ley 108-05, en su artículo 31, establece que si se demuestra que una demanda carece de fundamento y se presenta con intención de causar daño, el juez puede ordenar la reparación moral y la indemnización por daños y perjuicios, siguiendo lo dispuesto en el Código Civil.
La figura del litigante temerario busca proteger la integridad del proceso judicial y evitar abusos que retrasen la justicia o generen costos innecesarios. En muchos sistemas legales, sancionar estas conductas es clave para mantener la ética profesional y la confianza en los tribunales.
En República Dominicana, esta sanción no es frecuente, lo que resalta la importancia y el impacto de esta decisión en el ámbito jurídico local.





