El Ministerio de Hacienda y Economía aclaró que la Ley 30-26 sobre Medidas de Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional no establece nuevos impuestos para las suscripciones a plataformas digitales utilizadas por personas físicas, desmintiendo interpretaciones que han circulado en redes sociales.
La institución explicó que la normativa reduce de 27% a 15% la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicada a determinados pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores extranjeros. La medida abarca conceptos como licencias de software, regalías, derechos de autor, publicidad digital y servicios de almacenamiento en la nube.
Según Hacienda, la disposición beneficia a las compañías locales que utilizan herramientas tecnológicas contratadas en el exterior, al disminuir la carga tributaria que existía bajo el régimen anterior. Además, sostiene que esta reducción acerca el sistema tributario dominicano a estándares aplicados en otros países de la región.
La entidad enfatizó que la retención aplica exclusivamente a operaciones comerciales entre empresas dominicanas y proveedores no residentes. En estos casos, las compañías locales actúan como agentes de retención cuando realizan pagos al exterior por los servicios contemplados en la ley.
Asimismo, el ministerio reiteró que servicios contratados directamente por ciudadanos, como suscripciones a plataformas de entretenimiento, aplicaciones móviles, servicios en la nube de uso personal y otros productos digitales de consumo individual, no están sujetos a esta disposición. Por ello, aseguró que la ley no afecta los pagos que realizan los usuarios por este tipo de servicios.





