El Departamento de Estado de Estados Unidos convirtió en permanente el programa de fianzas para determinadas visas de turismo y negocios (B1/B2), que comenzó como un plan piloto en agosto de 2025. La nueva normativa, que entra en vigor tras su publicación en el Federal Register el 3 de agosto de 2026, eleva el monto máximo de la fianza de US$15,000 a US$20,000 y deja de ser una medida temporal para convertirse en una política migratoria permanente.
De acuerdo con la disposición, los oficiales consulares podrán exigir a ciertos solicitantes de visas B1 y B2 el depósito de una fianza de hasta US$20,000 como condición para la emisión del visado. La decisión se basa en los resultados obtenidos durante el programa piloto, impulsado mediante la Orden Ejecutiva 14159. Según datos oficiales, los casos de personas que permanecieron en Estados Unidos más allá del tiempo autorizado disminuyeron de 45,488 en el año fiscal 2024 a menos de 50 durante los primeros diez meses de aplicación del programa. Además, de las 20,000 solicitudes sujetas a depósito, casi la mitad no completó el pago, lo que contribuyó a una reducción del 83 % en la emisión de visas para los países afectados.
La normativa establece tres niveles de fianza: US$10,000, US$15,000 y US$20,000. El pago deberá realizarse exclusivamente a través de la plataforma oficial Pay.gov del Departamento del Tesoro y podrá ser efectuado por el solicitante o por un tercero, siempre que la información coincida con la registrada en el formulario I-352 del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). El depósito será reembolsado si el titular abandona Estados Unidos dentro del período autorizado, si no utiliza la visa antes de su vencimiento o si se le niega el ingreso al país. No obstante, las autoridades aclaran que el pago de la fianza no garantiza la aprobación de la visa.
Los beneficiarios de visas sujetas a este requisito solo podrán ingresar y salir de Estados Unidos por aeropuertos comerciales, incluidos los puntos de preinspección de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). La norma prohíbe utilizar aeropuertos privados, pasos terrestres o puertos marítimos para entrar o salir del país, ya que incumplir esta condición podría derivar en la pérdida de la fianza o en problemas migratorios relacionados con el registro de salida.
El programa afecta a ciudadanos de 50 países, principalmente de África, además de varias naciones de Asia, Oceanía y América Latina y el Caribe, entre ellas Cuba, Nicaragua, Venezuela, Antigua y Barbuda, Dominica y Granada. La normativa contempla una excepción para participantes y determinados aficionados del Mundial de la FIFA 2026 que cumplan requisitos específicos establecidos por las autoridades estadounidenses, aunque todos los solicitantes seguirán sujetos a la evaluación consular correspondiente.





