La jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, decidió inhibirse de conocer el juicio de fondo contra los empresarios Antonio y Maribel Espaillat, procesados por el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia ocurrida en abril de 2025 que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas. Tras su decisión, ordenó remitir de inmediato el expediente a la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional para la designación de un nuevo juez.
El Ministerio Público acusa a los hermanos Espaillat de presuntamente violar los artículos 319 y 320 del Código Penal Dominicano, que sancionan el homicidio involuntario. La magistrada fundamentó su inhibición en el artículo 80, numeral 8, del Código Procesal Penal, que permite a un juez apartarse de un proceso cuando existe una relación de amistad con alguna de las partes o personas vinculadas al caso que pueda comprometer su imparcialidad.
En una decisión fechada el 26 de junio de 2026, Almonte explicó que una de las víctimas mortales del desplome fue Margarita Herminia Robles Reyes, amiga cercana de la magistrada e identificada como la víctima número 49 en la acusación presentada por el Ministerio Público. La jueza sostuvo que el vínculo afectivo que mantenía con la fallecida y con su familia le impide conocer el proceso con la objetividad que exige la función judicial.
La magistrada relató que vivió de cerca la tragedia ocurrida durante un concierto del merenguero Rubby Pérez, artista favorito de su amiga. Explicó que permaneció durante dos días esperando noticias hasta que las autoridades recuperaron el cuerpo de Robles Reyes. También indicó que acompañó a la familia durante el proceso de duelo y brindó apoyo a la madre de la víctima, quien falleció tiempo después tras agravarse su estado de salud luego de la pérdida de su hija.
Al justificar su decisión, la jueza afirmó que su cercanía con los hechos podría afectar la percepción de imparcialidad requerida en el ejercicio de la justicia. Asimismo, citó criterios del Tribunal Constitucional de España y de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana para respaldar que la función judicial no solo debe ser imparcial, sino también proyectar esa imparcialidad ante la sociedad.





