El Poder Ejecutivo depositó ante el Senado de la República un proyecto de ley que establece penas de hasta 30 años de prisión y multas de hasta 1,000 salarios mínimos del sector público para quienes recluten, utilicen o incorporen a menores de 18 años en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas. La iniciativa fue presentada el pasado 22 de octubre y busca fortalecer la protección de niños, niñas y adolescentes frente a estructuras criminales.
La propuesta contempla penas de 15 a 20 años de prisión y multas de 50 a 1,000 salarios mínimos para quienes cometan los delitos de reclutamiento, utilización y participación de menores en estas organizaciones. Además, los tribunales podrán imponer la inhabilitación para ejercer funciones, empleos o actividades relacionadas con el cuidado, la formación, la custodia, el entrenamiento, la seguridad o la autoridad sobre menores, por el tiempo que determine la sentencia.
El proyecto establece condenas de 20 a 30 años cuando las víctimas sean menores de 14 años o existan circunstancias agravantes. Entre ellas figuran que el responsable sea funcionario público o miembro activo o retirado de cuerpos armados o de seguridad del Estado, que el hecho ocurra en centros educativos, religiosos o de protección, o en sus inmediaciones, así como la presencia de violencia, explotación sexual, trata de personas, captación mediante medios digitales, abuso de autoridad, discapacidad de la víctima, participación de grupos organizados o lesiones graves. Si el hecho ocasiona la muerte del menor, se aplicará la pena máxima permitida por la legislación penal vigente.
La iniciativa también dispone que los menores reclutados, utilizados, retenidos o forzados a participar en actividades delictivas no serán penalmente responsables por los hechos cometidos como consecuencia directa de la coacción, el sometimiento o la instrumentalización sufridos. Asimismo, el reclutamiento será castigado aunque la banda no posea armas, carezca de una jerarquía formal, no persiga objetivos políticos o no controle un territorio. Las empresas e instituciones que faciliten estos delitos por falta de supervisión podrán recibir multas, suspensiones, perder permisos de funcionamiento o bienes vinculados a los hechos y quedar impedidas de contratar con el Estado o recibir ayudas públicas, sin que esto excluya las sanciones individuales.
El presidente Luis Abinader destacó, en una comunicación dirigida al titular del Senado, Ricardo de los Santos, que la aprobación de la ley reforzaría el marco jurídico de protección de la niñez y la adolescencia. El proyecto también establece medidas de prevención, rescate, rehabilitación, reparación y reintegración social. Desde que las autoridades conozcan los hechos, el Ministerio Público, en coordinación con el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) y otras instituciones, deberá adoptar medidas inmediatas para proteger y trasladar a los menores a lugares seguros, además de ofrecer atención médica y psicológica. Estas acciones no dependerán de una denuncia formal ni de una declaración previa de la víctima. La propuesta todavía está pendiente de ser remitida a comisión para su estudio y de continuar su trámite legislativo.





