Un depósito de 2.3 millones de dólares realizado en 1950 por Rafael Leónidas Trujillo en el Banco de Reservas originó una disputa judicial que se prolongó durante 76 años y terminó con los fondos reconocidos como patrimonio del Estado dominicano. El dinero había sido colocado para beneficiar a Lina Altagracia Lovatón Pittaluga, con quien el dictador tuvo dos hijos.
La operación quedó registrada mediante la constancia número 2117 y estuvo acompañada por una carta que establecía que los recursos debían ser entregados a Lovatón en caso de fallecimiento de Trujillo. Décadas después, sus hijos Rafael José Ramón Trujillo Lovatón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón reclamaron los fondos en calidad de herederos de su madre.
El caso adquirió notoriedad en 2013, cuando los reclamantes estimaron que el depósito original, sumado a los intereses acumulados durante más de seis décadas, ascendía a unos 103 millones de dólares, equivalentes entonces a más de 4,400 millones de pesos. Los demandantes defendieron la validez del acuerdo bancario y sostuvieron que la obligación de Banreservas había quedado establecida mediante el consentimiento entre Trujillo y la entidad.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia determinó, mediante la sentencia SCJ-PS-25-0816 del 30 de abril de 2025, que los fondos estaban alcanzados por la Ley 5785-62, promulgada después de la caída de la dictadura para confiscar bienes de Trujillo, sus familiares y allegados. Aunque Lina Lovatón no aparecía expresamente mencionada en esa legislación, el tribunal consideró relevante su relación con Trujillo y que los fondos habían sido colocados en su beneficio.
La Suprema Corte estableció además que los recursos provenían del erario y tenían un origen ilícito, por lo que debían ser restituidos al Estado como parte de la recuperación del patrimonio acumulado durante el régimen trujillista. Los hermanos acudieron posteriormente al Tribunal Constitucional mediante el expediente TC-04-2025-1112, en el que figuraba Banreservas entre las partes recurridas, pero el recurso tampoco prosperó, dejando vigente el criterio de que los fondos pertenecen al Estado.
Un depósito de 2.3 millones de dólares realizado por Rafael Leónidas Trujillo en Banreservas en 1950 para beneficiar a Lina Altagracia Lovatón Pittaluga terminó después de más de siete décadas en una disputa judicial entre sus herederos y el Estado dominicano.





